¿Sabes que hacer si tu empleada doméstica se da de baja por Incapacidad Temporal?

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Algunos de nuestros clientes, antes de contratar nuestro servicio de limpieza por horas, o de Selección de personal doméstico y/o gestión de Alta a la Seguridad Social nos comentan su miedo a contratar a una empleada doméstica y que tenga una baja por Incapacidad o IT.

 

En primer lugar,  y citando como fuente a la web de la seguridad social:

 

http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/PrestaciondeIncapac44667/index.htm

 

 

“IT, es un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas del trabajador producida por enfermedad  común o accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo y los períodos de observación por enfermedad profesional y serán beneficiarios los trabajadores, incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, siempre que cumplan determinados requisitos”.

 

 

Como cada situación puede ser diferente, os dejamos los puntos principales para que en caso de que vuestra trabajadora se ponga enferma, y el medico le dé de baja, o IT, sepáis como actuar.

 

 

       Vuestra trabajadora deberá entregaros una copia de la IT cada semana que esté de baja.

La primera el mismo día o día siguiente ( si ella no pudiera, por fax, correo electrónico o un familiar)

        Vuestra trabajadora debe acudir al médico que le ha dado la IT cada 7 días, y después, enviar una copia de la IT a su empleador y otra a la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS lo antes posible a entregar su baja. ( O un familiar de ella.)

       Durante todo el tiempo de su baja, es deber del empleador el pago de la cotización a la Seguridad Social completa y el salario del trabajador, que le corresponda ( del 1º al 3º día de IT, no se recibe salario):

 

            Enfermedad común y accidente no laboral: 60% de la base reguladora desde el 4º día de la baja hasta el 20º inclusive y el 75% desde el día 21 en adelante.

 

            Enfermedad profesional o accidente de trabajo: 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.

 

La Base Reguladora es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario).

 

Interdomicilio dispone de personal de empresa que puede acudir a su hogar a realizar la limpieza y la plancha por unas horas, bien semanal o puntualmente.

 

Si necesita una persona muchas horas, y prefiere contratarla Ud. mismo, recuerde que realizamos todas las gestiones, selección, altas y bajas de la Seguridad Social, podemos realizar los contratos, las nóminas, finiquitos y las sustituciones temporales en caso de baja de su empleada habitual.

 

Descubre todo lo que podemos ofrecerte llamándonos, contactando con nosotros mediante la web o acercándote a tu oficina más cercana. No lo dudes más, nuestros profesionales en prestación de servicios a domicilio te informarán, asesorarán y si así lo deseas, elaborarán un presupuesto sin ningún tipo de compromiso y de manera gratuita.

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